Lo que debes saber sobre la nueva ley para bicicletas eléctricas en Colombia
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En Colombia, moverse está cambiando de energía.
Y no solo por las ganas de hacerlo más rápido o sin tráfico, sino porque la movilidad sostenible ya no es una opción del futuro: es una realidad que ahora tiene reglas claras.
Desde julio de 2025, con la sanción de la Ley 2486, el país entró oficialmente en una nueva etapa para los vehículos eléctricos livianos: bicicletas eléctricas, scooters, patinetas y ciclomotores. Una noticia que le da más libertad a quienes eligen moverse distinto… y más seguro.
¿Qué dice la Ley 2486 de 2025?
La ley regula el uso y la circulación de bicicletas eléctricas en Colombia y otros vehículos eléctricos personales, definiendo los requisitos técnicos, los espacios permitidos y las condiciones mínimas de seguridad.
En resumen:
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Potencia máxima: 1000 vatios (1 kW).
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Peso total: hasta 60 kg (batería incluida).
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Velocidad máxima: 25 km/h en ciclorrutas y 40 km/h en vías urbanas.
Y lo mejor:
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No necesitas matrícula.
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No te exigen SOAT.
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No necesitas licencia.
Esto hace que moverse en una bicicleta eléctrica sea más fácil, económico y accesible que nunca.
Equipamiento obligatorio para circular
La libertad siempre viene con responsabilidad. Por eso, la ley también exige algunas condiciones mínimas de seguridad:
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Casco de protección.
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Luces delantera y trasera.
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Timbre o señal acústica.
Cumplirlas no solo evita multas, sino que garantiza que cada trayecto sea más seguro para todos los actores viales.
Lo que pasa en Bogotá (y otras ciudades)
Aunque la ley aplica en todo el país, algunas ciudades establecen normas adicionales.
En Bogotá, por ejemplo, solo pueden usar las ciclorrutas las bicicletas con motor de hasta 350W y pedaleo asistido, dejando por fuera a los scooters y motos eléctricas hasta que se reglamente su uso.
Si no cumples con eso, la multa puede llegar hasta $604.000 COP. Así que antes de rodar, asegúrate de conocer las reglas locales de tu ciudad.
¿Por qué esta ley es importante?
La nueva regulación no busca limitar, sino impulsar la movilidad sostenible en Colombia. Con normas claras, todos —conductores, peatones y ciclistas— pueden compartir el espacio urbano de manera más segura y ordenada.
Además, es un paso clave para fomentar tecnologías limpias, reducir emisiones y descongestionar las vías. Porque sí, cada pedalazo eléctrico cuenta.
Tu energía te mueve
En Energy Bikes creemos que moverte distinto no solo cambia tu rutina: cambia tu forma de vivir la ciudad.
Ahora que la ley abre el camino a una movilidad más limpia y accesible, la pregunta es simple: ¿Cuál es tu energy?
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Fuentes:
Alcaldía Mayor de Bogotá. (2025). Ley 2486 de 2025 Congreso de la República de Colombia. Recuperado de https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=185513
El Espectador. (2025, julio 16). Presidente sancionó ley que regula vehículos livianos eléctricos en ciclorrutas. Recuperado de https://www.elespectador.com/bogota/presidente-petro-sanciono-ley-que-regula-vehiculos-livianos-electricos-en-ciclorrutas/
Infobae Colombia. (2025, agosto 12). Nueva ley exime del Soat y matrícula a bicicletas y patinetas eléctricas con ciertas condiciones. Recuperado de https://www.infobae.com/colombia/2025/08/12/nueva-ley-exime-del-soat-y-matricula-a-bicicletas-y-patinetas-electricas-con-ciertas-condiciones/
Secretaría de Movilidad Bogotá. (2025, junio 23). Secretaría Movilidad Bogotá sobre proyecto de ley vehículos eléctricos. Recuperado de https://bogota.gov.co/mi-ciudad/movilidad/secretaria-movilidad-bogota-sobre-proyecto-de-ley-vehiculos-electricos



